domingo, 21 de diciembre de 2014



ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

La diversidad del alumnado constituye una realidad en los centros educativos y ha de ser asumida por todo el profesorado con criterios de normalización, atención personalizada e inclusión. El Plan de Atención a la Diversidad que los centros elaboran recoge las medidas organizativas ordinarias y extraordinarias para dar respuesta a las necesidades educativas de todo el alumnado.


PLAN DE TRABAJO INDIVIDUALIZADO


El PTI es una herramienta que debe estar al servicio del profesorado y que le sirve para
planificar y orientar la respuesta educativa para un alumno concreto.


- Debe ser lo más funcional y práctico posible de manera que pueda consultarse con frecuencia y comodidad.

- Se trata de una planificación, lo cual implica que en la práctica diaria y cotidiana puede

modificarse en función de las necesidades del alumno. El PTI está al servicio del profesor, no al
contrario y se trata de un documento práctico para el profesor, no se trata de un documento
para “salvar el expediente”.










En realidad, el PTI debería ayudar al profesor a saber qué aspectos diferenciales se van a dar con un alumno en concreto y que van a ser diferentes del resto de alumnos del aula


- En este documento se presenta un procedimiento para elaborar un PTI en el caso de ACNEAE.

Para el resto de alumnado que la normativa establece que se elabore PTI (alumnado que n
promociona, que promociona con áreas pendientes o que suspende un área o materia) el
procedimiento es muy similar y probablemente también resultará válido.

En el caso de los ACNEAE, previamente han debido ser evaluados por el orientador/a y habrá 
un informe de evaluación psicopedagógica donde se reflejen las necesidades del alumnos y

las orientaciones para la respuesta educativa.





- ¿Quién elabora el PTI? La normativa establece que será el tutor o tutora con el asesoramiento del orientador. Lo más razonable es que el profesor de cada área elabora un PTI correspondiente a esa área aunque se haga un único documento que realizará el tutor.
 
 El orientador asesorará en todos los aspectos, pero sobre todo a la hora de priorizar contenidos, sugerir estrategias y materiales.


- Según la normativa actual, el PTI consta de los siguientes apartados:

Objetivos, competencias básicas y criterios de evaluación. En el procedimiento que se propone, estos elementos se agrupan en un único apartado titulado aprendizajes.

En él se reflejarán sin distinción objetivos, contenidos, competencias
básicas y criterios de evaluación planteados en cada área. Se trata de dejar qué enseñar
  a un alumno en cada área.

En este apartado se reflejan los procedimientos que se van a utilizar para evaluar al alumno, señalando especialmente aquellos que serán diferenciales del resto de alumnado de la clase.


 Aspectos organizativos: por último, en este apartado se hacen constar los

aspectos organizativos que haya que tener en cuenta: sesiones de apoyo, material

específico, coordinaciones, etc.


- Otros aspectos no son obligatorios incluirlos en el PTI, como los resultados de la Evaluación


Psicopedagógica, estilo de aprendizaje o similares. Sería sobre cargar el documento, pero si a un profesor esta información le ayuda, la puede incluir.

- La normativa actual no establece la temporalización del PTI, por lo que elaborarla
trimestralmente parece lo más adecuado y funcional.


- En documentos ANEXOS ofrecemos una plantilla de PTI para Educación Infantil y otra para EP.
 No existe un modelo oficial, es solo una propuesta que puede o no utilizarse.
































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