ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
La diversidad del alumnado constituye una realidad en los centros educativos y ha de ser asumida por todo el profesorado con criterios de normalización, atención personalizada e inclusión. El Plan de Atención a la Diversidad que los centros elaboran recoge las medidas organizativas ordinarias y extraordinarias para dar respuesta a las necesidades educativas de todo el alumnado.
PLAN DE TRABAJO INDIVIDUALIZADO
La diversidad del alumnado constituye una realidad en los centros educativos y ha de ser asumida por todo el profesorado con criterios de normalización, atención personalizada e inclusión. El Plan de Atención a la Diversidad que los centros elaboran recoge las medidas organizativas ordinarias y extraordinarias para dar respuesta a las necesidades educativas de todo el alumnado.
PLAN DE TRABAJO INDIVIDUALIZADO
El PTI es una herramienta que debe estar al servicio del profesorado y que le sirve para
planificar y orientar la respuesta educativa para un alumno concreto.
- Debe ser lo más funcional y práctico posible de manera que pueda consultarse con frecuencia y comodidad.
- Se trata de una planificación, lo cual implica que en la práctica diaria y cotidiana puede
modificarse en función de las necesidades del alumno. El PTI está al servicio del profesor, no al
contrario y se trata de un documento práctico para el profesor, no se trata de un documento
contrario y se trata de un documento práctico para el profesor, no se trata de un documento
para “salvar el expediente”.
En realidad, el PTI debería ayudar al profesor a saber qué aspectos diferenciales se van a dar con un alumno en concreto y que van a ser diferentes del resto de alumnos del aula
- En este documento se presenta un procedimiento para elaborar un PTI en el caso de ACNEAE.
Para el resto de alumnado que la normativa establece que se elabore PTI (alumnado que n
promociona, que promociona con áreas pendientes o que suspende un área o materia) el
procedimiento es muy similar y probablemente también resultará válido.
En el caso de los ACNEAE, previamente han debido ser evaluados por el orientador/a y habrá
un informe de evaluación psicopedagógica donde se reflejen las necesidades del alumnos y
las orientaciones para la respuesta educativa.
- ¿Quién elabora el PTI? La normativa establece que será el tutor o tutora con el asesoramiento del orientador. Lo más razonable es que el profesor de cada área elabora un PTI correspondiente a esa área aunque se haga un único documento que realizará el tutor.
El orientador asesorará en todos los aspectos, pero sobre todo a la hora de priorizar contenidos, sugerir estrategias y materiales.
- Según la normativa actual, el PTI consta de los siguientes apartados:
Objetivos, competencias básicas y criterios de evaluación. En el procedimiento que se propone, estos elementos se agrupan en un único apartado titulado aprendizajes.
En él se reflejarán sin distinción objetivos, contenidos, competencias
básicas y criterios de evaluación planteados en cada área. Se trata de dejar qué enseñar
a un alumno en cada área.
En este apartado se reflejan los procedimientos que se van a utilizar para evaluar al alumno, señalando especialmente aquellos que serán diferenciales del resto de alumnado de la clase.
Aspectos organizativos: por último, en este apartado se hacen constar los
aspectos organizativos que haya que tener en cuenta: sesiones de apoyo, material
específico, coordinaciones, etc.
- Otros aspectos no son obligatorios incluirlos en el PTI, como los resultados de la Evaluación
Psicopedagógica, estilo de aprendizaje o similares. Sería sobre cargar el documento, pero si a un profesor esta información le ayuda, la puede incluir.
- La normativa actual no establece la temporalización del PTI, por lo que elaborarla
trimestralmente parece lo más adecuado y funcional.
- En documentos ANEXOS ofrecemos una plantilla de PTI para Educación Infantil y otra para EP.
No existe un modelo oficial, es solo una propuesta que puede o no utilizarse.
No hay comentarios:
Publicar un comentario